Instituto Hispano-Cubano de Historia de América, Catálogo de los Fondos Americanos del Archivo de Protocolos de Sevilla [II:#1579, p.373-74: Libro del año 1536--Oficio I, Libro I--Escribanía, Alonso de Becerra--sin foliar--Cuaderno suelto--Fecha 14 de junio] [contrato de fletamento entre Juan de Espetico, maestre del galeón San Francisco, y Francisco de Molina y Andrés Pérez, mercaderes, para que estos carguen en dicho galeón 30 toneladas de mercaderías con destino al puerto de San Juan de Ulúa];
Instituto Hispano-Cubano de Historia de América, Catálogo de los Fondos Americanos del Archivo de Protocolos de Sevilla [I:373-74: #1579, Oficio I (Barrera), Libro I, a lading contract, an Andrés Pérez is a mercader in partnership with a Francisco de Molina sending goods to San Juan de Ulúa, June 13, 1536];
Instituto Hispano-Cubano de Historia de América, Catálogo de los Fondos Americanos del Archivo de Protocolos de Sevilla [II:70: #267, Oficio XV (Cazalla), Libro I, poder to an Andrés Pérez to collect a debt from an Hernán Pérez in Nueva España, April 5, 1538] [not from Sevilla];
AGI, Pasajeros, L.2, E.4262-63 = Boyd-Bowman, Indice geobiográfico, II:1677 [vecino of Morera, to Florida 1538, son of Juan Fernández carretero, and María Fernández]);
AGI, Pasajeros, L.2, E.4615 = Boyd-Bowman, Indice geobiográfico, II:9907 = Romero de Solís, Andariegos, p.393 [March 11, 1538 [Andrés Pérez, hijo de García Hernández y de Leonor Hernández, vecino de Sevilla, a Nueva España. Lleva consigo a Leonor Hernández y Andrés y Juan sus hijos y su información que son casados y velados];
Instituto Hispano-Cubano de Historia de América, Catálogo de los Fondos Americanos del Archivo de Protocolos de Sevilla [II:#267, p.70: Libro del año 1538--Oficio XV, Libro I (duplicado)--Escribanía, Alonso de Cazalla--fol. 1024--5 de abril] [Andrés Pérez, de partida para Nueva España];
AGI, Indiferente General, 1382B [1538, peticiones y memoriales, signatory of a petition from Spanish merchants who have business in New Spain, signed];
Instituto Hispano-Cubano de Historia de América, Catálogo de los Fondos Americanos del Archivo de Protocolos de Sevilla [II:#200, p.57: Libro del año 1538--Oficio XV, Libro I--Escribanía, Alonso de Cazalla--fol. 267--26 de enero] [Bartolomé Andaluz declara que los dos esclavos y una esclava que lleva a Nueva España pertenecen a Andrés Pérez];
AHP, Legajo 15.965, Oficio 23, 1539 [Poder para recibir y cobrar: Andrés Pérez, vecino of Sevilla, illegible, August 11, 1539 [Pérez signed];
AHP, Legajo 15.965, Oficio 23, 1539 [Deudo: Andrés Pérez, vecino of Sevilla (collación de Santa María la Blanca), to Leonardo Espindola, Genoese, August 14, 1539 [Pérez signed];
AHP, Legajo 15.965, Oficio 23, 1539 [Poder: Andrés Pérez, vecino of Sevilla (Collación de Santa María la Blanca), to Baltasar Pinto, estante in Tierra Firme, May 1539 [Pérez signed];
Instituto Hispano-Cubano de Historia de América, Catálogo de los Fondos Americanos del Archivo de Protocolos de Sevilla [II:103: #422, Oficio XV (Cazalla), Libro I, poder granted to Baltasar de AZ Palacios and Andrés Pérez, estantes en Nueva España, March 15, 1539];
Instituto Hispano-Cubano de Historia de América, Catálogo de los Fondos Americanos del Archivo de Protocolos de Sevilla [II:65: #242, Oficio XV (Cazalla), Libro I, an Andrés Pérez, estante en Nueva España is granted a poder by a Diego de Baeza];
APSM, “Bautismos de Españoles, 1536-1746” [fol.41r: Andrés Pérez y su wife Leonor Hernándes were padrinos for Diego Romano and Francisca de Cervantes, 26 Sept 1539];
APSM, “Bautismos de Españoles, 1536-1746” [fol.39v: Andrés Pérez y his wife Leonor Hernández baptize Ynés, Francisco Solís and Dr. Méndez with their wives as padrinos, 23 August 1539];
APSM, “Bautismos de Españoles, 1536-1746” [fol.47r: Andrés Pérez y su muger Leonor Hernández, padrinos for Cristóbal Vaca and Mayor Díaz, 6 Jan 1540;
APSM, “Bautismos de Españoles, 1536-1746” [fol.67v: Andrés Pérez and his wife baptized Cristóbal, 19 Dec 1540] [not expeditionary because of the birth of Cristóbal];
AGI, Contratación, 197, N.21, R.20 [Mexico, 21 May 1545, report from Gómez de Villafaña in Panuco; Santiago de los Valles, inventory of the goods of deceased Juan López, include un puñal con una vayna de paño, 8 jubones de la tierra, una espada, una silla gineta vieja, 2 horses, 1 lanca and a debt to Pero Hernández, for 2 pesos de minas; auctioned items to Pero Hernández, Andrés Pérez];
Calvo, Xalisco, la voz [p.97: the cacahuatero (cacao planter, dealer or merchant), Andrés Pérez established at Santa Cruz, after 1545] [mistreatment of Indians] [unlikely profession];
AGI, México, 1064, L.1\1\ fol.274r = Icaza, Diccionario, #13228 [vecino of the Valles de Pánuco; did not name his native place or his parents; 22 years in New Spain; in the conquest of Motín, Jalisco and many entradas in Pánuco; never remunerated; always maintains his armas and horses; all at his own cost; no mention of Cíbola] [apparently no connection to expedition];
Instituto Hispano-Cubano de Historia de América, Catálogo de los Fondos Americanos del Archivo de Protocolos de Sevilla, [I:#1676, p.396: Libro del año 1550--Oficio X, Libro III--Escribanía, Melchor de Portes--fol. 769--Fecha 19 de noviembre] [a long list of mercaderes se obligan a pagar a Andrés Pérez y a Diego de Baeza el valor de los fletes necesarios para llevar a Nueva España los esclavos que se salvaron de naufragio de la nao Santa María de Jesús, que iba llena de esclavos, con rumbo a dicho lugar];
AGI, Indiferente General, 1210 [1552, expedientes, informaciones y probanzas, a merchant, vecino of Sevilla, collacion de San Salvador, formed a company for 5 years with Rodrigo Franquez de Villalobos, vecino of Sevilla, who was to sell goods in Puerto Rico];
Enciso Contreras, Testamentos [p.183, reference-AGI, Contratación, 202B, N.24 and 203, N.1, R.4, Goods of Hernán Rodríguez de Loarca, killed by Chichimecas on the road from Zacatecas, Guadalajara, Jan. 1565, memoria 22 Oct. 1564, account of the company; Pedro, negro of Zaldívar, is owed 7 pesos; Juan Fernández, blacksmith, was paid 4 pesos, 6 tomines de aderezo de herramientas; Andrés Pérez was paid 15 pesos two times;17 Jan, 8 May 1565, escribano de sm, Alonso Hernández] [expeditionary still alive in 1591];
AGI, Contratación, 472, N.4, R.4 [Bienes de Cristóbal Pérez, Zacatecas, October 1565; an Alonso de Velasco appears before the juez de bienes de difuntos to report that about two months before, Pérez had died in Sombrerete (he can sign, but no signature on copy) , he is also called a vecino of Zacatecas; Velasco is then sworn to testify about Pérez; an Andrés Pérez, residente en las minas de Zacatecas, is a witness in Zacatecas in December 1564, he presents a register of mines, since he claimed the mine jointly with Cristóbal Pérez and Juan de San Pedro Ortiz];
AGI, Contaduría, 663A [March 1569, an accounting of condenaciones resulting from procesos in Mexico city, in November 1559 don Rodrigo Maldonado, alcalde, fined a Cristóbal de Valdecáceres for quistión con Andrés Pérez, zurrador (tanner)];
Méndez Venegas, Emigrantes a América, #2055 [Extremadura, resident of Panamá, 1575];
Catálogo, Resumen e Índices [1579, Juan de Valdivia, Juan de Espinosa, Juan Belloso, Andrés Pérez, Francisco de Sayavedra, Antón Piñón, Lorenzo Núñez, Diego Caballero, Amador Sánchez, Pablos Mateos, Diego Ortiz, Pedro González, Francisco Gómez, Alonso de Perea, Diego de Tapia, Juan de Aguilar, Pedro Delgado, Miguel de Cuadros, Pedro Martínez, Cristóbal Gutiérrez, Juan del Castillo y Antonio Pérez, labradores y personas que tienen haciendas y labranzas en el partido del repartimiento de Tepozotlán y en nombre de los demás labradores y personas que tienen haciendas y labranzas en el dicho partido, otorgan poder a Juan de Valdivia, para poder pedir y suplicar a Su Majestad en su Real Audiencia y al señor virrey, el repartimiento de los indios que en el dicho partido de Tepozotlán se dan para el beneficio de las labores y heredades que tienen. Pablos Mateos, Diego Ortiz Juan de Aguilar, Miguel de Cuadros y Cristóbal Gutiérrez no firmaron. Testigos: Juan Gómez, García Rodríguez y Diego Díaz, estantes en el pueblo de Tepozotlán. En el pueblo de Tepozotlán];
Puebla:
AGNEP, Notaría 3, Caja 1, Carpeta 1.9 [fols. 144r-148v: February 1552, an Andrés Pérez, vecino de los Ángeles, and María de Monegro, viuda, are albaceas for Francisco Marquéz [Pérez signs];
AGNEP, Notaría 3, Caja 1, Carpeta 1.9 [fols. 175v-177r: 1552, Andrés Pérez, vecino de los Ángeles, grants a poder to Juan de Salamanca, vecino de México; Pérez grants control of a back esclavo ladino named Cosme, born in Sevilla to Salamanca [Pérez signs; same signature as on fol. 148v above];
AGNEP, Notaría 3, Caja 1, Carpeta 1.14 [1554, Andrés Pérez, vecino de los Ángeles, is albacea and testamentario de Alonso Martín, arriero; Pérez grants a poder to a Juan Vallejo [Pérez signs; very slightly different (looks more practiced) than fol. 148v];
AGNEP, Notaría 4, Caja 2, Carpeta 1.2 [13 March 1564, Martin de Mafra, vecino and regidor of Puebla says that Andrés Pérez made him a donacion of a caballeria de tierra en el valle de Atrisco, which he then sold for 110 fanegas of wheat];
AGNEP, Notaría 4, Caja 1, Carpeta 1.5 [Carta de obligación, September 1564, an Andrés Pérez, vecino de los Ángeles, and the children of Francisco Márquez, owe 397 pesos de oro común to Martín Larios [Pérez signs; same signature as in Notaría 3, Caja 1, Carpeta 1.9];
AGNEP, Notaría 4, Caja 1, Carpeta 1.5 [October 1564, Poder, from Ana de Azevedo, widow of Antonio Rodríguez, to Andrés Pérez, ausente];
AGNEP, Notaría 4, Caja 2, Carpeta 1.3 [February 1564, an Alonso García, estante en los Ángeles, sells media estancia en el valle de San Juan and 6,000 sheep to an Andrés Pérez, vecino de los Ángeles];
AGNEP, Notaría 4, Caja 4, Carpeta 1.1 and 1.2 [13 September 1565, Carta de arrendamiento, Baltasar Castelan, vecino of Puebla, rents to Andrés Pérez, notario de la audiencia obispal of Puebla some houses];
AGNEP, Notaría 4, Caja 4, Carpeta 1.3 [December 1565, Carta de obligación, from Andrés Pérez, notario apostólico, vecino de los Ángeles, to Gaspar Rodríguez, mercader, vecino de los Ángeles, for 74 pesos de oro común for 13 varas de tafetan negro Pérez signs; signature different than Notaría 3, Caja 1 or 2; same as Notaría 4, Caja 4, 1.2];
AGNEP, Notaría 4, Caja 2, Carpeta 1.5 [21 January 1566, Andrés Martín, hijo natural de Alonso Martín, estante in Puebla, deceased, sells to Diego de Baeça, el viejo, something for 233 pesos de oro común, Andrés Pérez, vecino of Puebla is his curador, doesn't know how to write];
AGNEP, Notaría 4, Caja 4, Carpeta 1.7 [7 February 1566, Alonso Camacho, vecino of Puebla gives his poder to Francisco Gutiérrez, brother of Andrés Pérez, vecino of Puebla];
AGNEP, Notaría 4, Caja 7, Carpeta 1.3 [5 October 1570, Francisco Márquez, hijo of Andrés Pérez, alcalde ordinario of Puebla, acknowledges receipt from Catalina Ramírez, mi suegra, muger of Hernan Pérez de Villagran que esta en los reynos de Castilla, of dowry for Melchora Ramírez, his wife, clothing, bedding, jewelry worth 2146 pesos de oro común];
AGNEP, Notaría 4, Caja 7, Carpeta 1.3 [12 October 1570, Andrés Pérez, el mozo, vecino of Puebla owes Juan de Ponton 120 cuchillos braca martes, same sig as Notaría 4, Caja 14, 1.1, 1575];
AGNEP, Notaría 4, Caja 8, Carpeta 1.6 [August 1571, Poder from Gonzalo Carrasco, conquistador de los Ángeles, to Andrés Vázquez and Andrés Pérez];
AGNEP, Notaría 4, Caja 14, Carpeta 1.1 [6 May 1575, Andrés Pérez, vecino of Puebla agrees to pay Diego Maldonado, vecino, 10 pesos de minas for una espada, signed];
Pérez de las Cuevas:
AGI, Justicia, 892, N.2 [1579, pleito fiscal: Andrés Pérez de las Cuevas] [Pérez, vecino de Sevilla];
Pérez Pocasagre:
Catálogo, Resumen e Índices [1579, Rodrigo Lucio, procurador, vecino y Andrés Pérez Pocasagre, maestro de albañilería y cantería, vecino, son concertados para que le haga obra y edificios en las casas que Rodrigo de Lucio tiene en México, en la calle de la acequia de la Audiencia, frontero de las casas que fueron del tesorero Santos, pagándole por todo ello 335 pesos de oro común y en la manera siguiente: -primeramente he de hazer una portada de piedra en la puerta segunda de la dicha casa, por donde entran a el patio, la qual se ha de hazer desde el cimiento, de una parte y otra y el arco, todo ello de piedra blanca, de las piedras de caballo con que las piedras que en la dicha puerta y arco della se han de poner, las piedras que al presente tiene en el arco y las de los rebetes de nuevo todas; y se ha de hazer lo demás de cal y piedra, de anchor que al presente tiene, que serán de una vara poco más o menos. Ytem se ha de hazer en el corredor de la dicha casa a la entrada de ella, a la mano derecha, una escalera, de nuevo de piedra, con los pasos de tenayucas bien labrados; y ha de tener vara y media de suelo y a la entrada de abaxo con piedras de caballo blancas y lumbrar de madera y la piedra labrada con cal; y en lo alto ha de entrar en el corredor una vara de medir en alto de pretil. Ytem un corredor que salga del que está hecho en la dicha casa, el qual se ha de hazer a mano izquierda de la entrada de la casa; y en este corredor se ha de hazer un entresuelo de seis varas de largo y, encima del entresuelo, una pieça del mismo largor; y entre el dicho corredor y aposentos, una azetegüela descubierta y a el fin del dicho corredor, una cocina de cinco varas de largo, de anchor del corredor, lo qual todo se ha de hazer de anchor que parezca que conviene, con quartones y un pasadizo desde el corredor viejo questá hecho, hasta poder entrar en la azetegÅela, que se ha de hazer de anchor de tres pies e quatro, los que parezca ser necesarios; y en los dichos aposentos, alto e bajo, se han de hazer las portadas e ventanas que sean menester, de piedra de tezontle y cal; y en la cocina, su chimenea de madera e ladrillo y ansi mismo se han de hazer las paredes de los dichos aposentos y corredor nuevo de piedra de tezontle, en las partes que convenga, de anchor de la plancha y en la pared que divide con casas que fueron de Alonso de Villisa, se ha de hazer de adobes de adobe y medio de ancho. Y donde han de cargar paredes de las traviesas por lo alto, para seguridad de la obra, se han de echar vigas del colegio por baxo, sobre que carguen las dichas paredes y entablados; los aposentos con tablas de caballos y las vigas e tablas han de ir labradas de azuela y cepillo; y en el aposento baxo ha de hazer la portada de la puerta, con su escalerilla para el entresuelo e con puerta, de la misma manera para el patio, del anchor e manera que parezca que conviene. Todo lo qual me obligo a hazer bien obrado e poner en todas las dichas obras los materiales que fueren menester, demás de los que entrare de la dicha puerta e de los demás edificios que se deshicieren; e me habéis de dar la tierra que fuere menester para toda la dicha obra dentro de las dichas casas; e por razón de hazer como he de hazer todos los dichos edificios a mi costa, he [de] poner los materiales, oficiales y peones; e por mi trabaxo y solicitud y traáa de todo ello, me habéis de dar e pagar vos, el dicho Rodrigo cient pesos del dicho oro, que de vos he recebido en reales, sobre que renuncio las leyes de la ynnumerata pecunia, entrega nueva o paga como en ellas y en cada una dellas se contiene; y los cinquenta pesos me habéis de pagar dentro de un mes, primero siguiente desde hoy día de la fecha desta carta; y otros cinquenta pesos estando hecha la mitad de la obra y en esto ha cumplimiento a todos los dichos pesos de oro, luego que esté acabada toda la dicha obra, la qual he de dar hecha e acabada dentro de tres meses primeros siguientes desde hoy dicho día e me obligo a la dar hecha e acabada, según es a vuestro contento o a vista de oficiales que lo entiendan, so pena que otro maestro, a mi costa, haga las dichas obras por el precio que hallardes y, en lo que os costare, habéis de ser creydo por vuestro simple juramento, en que lo difiero sin otra averiguaáión; e por lo que jurardes haberme costado, me podáis executar. E no he de ser obligado ni me obligo a hacer puertas ni ventanas de madera algunas, las quales habéis de hacer vos, el dicho Rodrigo Lucio, a vuestra costa". Andrés Pérez no firmó, Rodrigo Lucio firmó. Testigos: Diego del Villar e Antonio Guerrero e Alonso de Medina, procurador, vecinos y estantes];
Pérez de México:
AGNEP, Notaría 4, Caja 1, Carpeta 1.5 [Compañía, a Gerónimo Pérez, son of Andrés Pérez de México and Isabel Pérez su legítima mujer, vecinos de Sevilla, enters into a company with his father Andrés Pérez and Antón de Carmona to deal en mercaderías desde Castilla; they have used Juan de Santa María, escribano público de Sevilla; recorded in los Ángeles in September 1564];
AGNEP, Notaría 4, Caja 1, Carpeta 1.6 [20 September 1564, Cristóbal Valçenteno, residente in Puebla obligated to pay Antón de Carmona and Andrés Pérez de Mexico, mercaderes and vecinos de Sevilla; long list of fabrics];
AGI, Contaduría, 419, N.1, 1572 [Certificaciones de Pablo de Melgosa en 1572 de la partidas de registro en plata, oro y otros efectos que vinieron de Indias (Nueva España) y de las que se cobraron la averías [register includes 150 pesos of gold for an Andrés Pérez de México, 1562];
AGI, Justicia, 796, N.2 [1568-1569, Andrés Pérez contra Martín de Campos; Andrés Pérez de México y Antón Carmona, hermanos, vecinos de Sevilla, sobre una deuda (33,000 pesos) con Martín de Campos y Diego Cortés, la ciudad (Puebla) de Los Ángeles de la Nueva España, 1568-69 (continued until 1574 in AGI, Justicia, 810, N.3 and 1577 in AGI, Justicia, 818, N.4): fabrics, paper, saddles, thread, shirts, locks, spices; Ortega de Melgosa, contador de la Casa de la Contratación];
AGI, Justicia, 810, N.3 / 1573-1574 [Andrés Pérez y Antón de Carmona contra Diego Cortés] [Andrés Pérez y Antón de Carmona, hermanos, vecinos de Sevilla, sobre embargo de bienes];
AGI, Justicia, 818, N.4 [1576-1577, Andrés Pérez contra Diego Cortés] [Andrés Pérez de México y Antón de Carmona, vecinos de Sevilla];
AGI, Contratación, 724, N.8 [Autos de Andrés Pérez de México, vecino de Sevilla, con Pedro Dasco ó de Asco, maestre, sobre importe de unas mercaderías que dejó de entregar en San Juan de Ulúa, 1583];
Pérez de Ayala:
AGI, Patronato, 263, N.2, R.3 [July 5, 1578, parecer, Andrés Pérez de Ayala, descubrimiento Filipinas] [Pérez de Ayala, vecino de México: las grandes muestras que van de cada dia dando asi en la conversion de los naturales como de muchas riquezas (en Filipinas)] [podria Vuestra magestad desde sus islas philippinas con alguna moderada armada asentar fotorias y grandes contrataciones en la tierra firme de la china...a menos de dozientas leguas donde habra Riquissimos reynos no subjetos a nyngun principe cristiano] [recommends Gordian Casasano to lead the armada (had been secretario of the audiencia de México and factor] [suggests Acapulco as a base over Panama] [no se ha visto hazer efecto armada en estos rreynos como sea para Entrar la tierra a dentro testigos fueron todas las que se han ynviado a la florida al rrio de la plata a sancta marta al nuevo reyno de eldorado y otras muchas las quales todas se consumieron y acabaron sin hazer efecto] [parecer is written is Pérez’s own very elegant hand-no signature though];