Juan de Cuenca

Brief Biography

Juan de Cuenca was born about 1517 and was approximately twenty-three years old when he went on the Expedition. He served as the major scribe for the Alarcón expedition into the Gulf of California and up the Colorado River. After the Expedition he was part of the Montejo conquest of Yucatán and was a scribe in Valladolid, Yucatán.

Gender
Male
Date of Birth
ca. 1517
Age Set
15-25
Died on the Expedition?
No
Last Known Location
Valladolid, Yucatán, Mexico
Pre-Expedition Occupation
Scribe
Post Expedition Occupation
Scribe
Residence After Expedition
Mérida and Valladolid, Yucatán
Ability to sign name
Yes
References-Documentary

1530-1540:

?AGI, Pasajeros, L.2, E.562 [April 5, 1535, Juan de Cuenca y Hernando de Cuenca hijos de Lope de Cuenca y de Leonor Ortiz vecinos de Granada paso en la nao de Bernaldo López a Santo Domingo juraron Francisco de Berro y Juan de Cisena que lo conoscan (Juan de Cisena is just before; right after #563 is Francisco Rodríguez and his witness is Hernando de Cuenca];

?AGI, Pasajeros, L.2, E.1917 [July 31 1535, son of Francisco de Cuenca y María Hernández, vecinos of Córdoba to Río de la Plata];

?AGI, Pasajeros, L.2, E.2121 [August 11, 1535 Juan de Cuenca, son of Alonso González de Cuenca y Isabel Alonso, natural de Bujalance [just east of Córdoba] to Nueva España [AGI, Pasajeros, L.2, E.2116 is expeditionary Maese Miguel]

1540-1550:

AGI, Patronato, 57, N.3, R.2 [Valladolid, Yucatán, witness for Bernardino VillaGómez; escribano de sus magestades y publico de esta villa; has known VillaGómez since 1540; Cuenca was a soldado and escribano mayor for the Alarcón reconnaissance mission up the Colorado River; present at the founding of Mérida and conquest of Yucatán with Montejo; 30 years old more or less]

1550-1560:

?AGI, Justicia, 149, N.3 [1551, Juan de Cuenca y María de Porras, su mujer, contra Marina Ramírez, vecina de Puebla de los Angeles, sobre el derecho al repartimiento de Chachalintla. 3 piezas. [same as AGI, Patronato, 285, R.46];

1560-1570:

?AGI, Patronato, 285, R.46 [1560-12-23 Toledo; Real Provisión ejecutoría a petición de Juan de Cuenca y María de Porras, su mujer, en el pleito que tratan con Marina Ramírez; apedimiento de Juan de Quenca y María de Porras su muger, vecinos de Mexico en el plieto que an tratado con Marina Ramírez, viuda; sobre la encomienda de los yndios de Chachalintla y sus subjetos [now in central Veracruz] que vacaron por muerte de Diego de Porras, vecino of Puebla; Mexico, 28 Jan. 1549, Cuenca presents a petition in the audiencia on behalf of his wife;  Diego de Porras, now dead, being one of the first conquerors married Catalina Ximenez and together they had María; they also had Catalina Porras, María's younger sister; Diego and Catalina possessed the encomienda of Chachalintla; when Catalina died, Diego married Marina Ramírez; Neither marriage produced a hijo varon; therefore, as the oldest child, Juan's wife, María, was entitled to the encomienda; Juan had put his case before Mendoza, but Mendoza was sick and unable to hear his case, so he enlisted the help of Francisco de Mendoza, the viceroy's son; The tribute from Chachalintla is moderate, consisting of 4 tributes a year: 10 cargas de ropa each tribute, 10 camisas, 10 naguas, 10 mantas, 10 mastiles; in addition the sowings-1400 or 1500 cargas de maiz; 10 jarros; image 7-Francisco Ramírez in the name of Marina Ramirez presents his side: claim is that the encomienda goes to the wife if no legitimate son is available; inserts a copy of a royal cedula regarding succession; many encomenderos in Nueva España follow this cedula; image 21: rebuttal by Juan de Cuenca; image 22: Marina Ramírez presents her petition again-if no son, then wife succeeds; image 36: Audiencia finds in favor of María de Porras (Boyd-Bowman, Indice geobiográfico, states that the encomienda went to María de Porras and then to their daughter, Ana María de Porras)];

?AGI, Contratación, 471, N.2, R.1 [Bienes de Rodrigo Álvarez de Arze, death of Rodrigo reported by doña Ursula Carlos?, his viuda muger, vecina de Sevilla (collación de San Juan); in Mexico City, November 13, 1562, reference is made to a document present in November 1561, referring back even farther to August 30, 1553, when a Francisco Pérez, “factor de Rodrigo Álvarez,” delivered 15 burros e burras; a witness in 1553 is a Francisco Gutiérrez, estante en México; in November 1561 in Mexico City, Diego Agundez trestifies that he possesses “bienes, mercedes y otras cosas” of Rodrigo Álvarez de Arze (afterwards referred to as only Rodrigo Álvarez); another witness, Gonzalo de Villarubia, terstifies that 3 or 4 years earlier a Diego Ramos died, in one of the clauses of Ramos’s will he specified that 300 pesos be given to the heirs of “Rodrigo Álvarez, padre del dicho Rodrigo Álvarez de Arze; Agundez later testifies that he sold “una carga de coracinas e cotas que me envio Rodrigo Álvarez de Arze;” an account of the albacea of  a Diego de Valmaseda shows that on February 22, 1553, six pesos were paid for the diezmo on a burra delivered to don Diego de Guevara; and on October 27, 330 pesos are received “que son por una burra perdida con una asnyta que vendi a don Diego de Guevara;” a Juan Yñiguez is banquero (en Sevilla) por bienes del dicho Rodrigo Álvarez; in February 1562, Juan de Cuenca deposited “en la caxa de su magestad” in Mexico City 523 pesos, 5 tomines, and 10 granos de oro común “por bienes de Rodrigo Álvarez de Arze, difunto, vecino de Sevilla;” the deceased is next recorded as “Rodrigo Álvarez de Arze, el viejo;” in Mexico city, December 23, 1559, before “el señor alcalde don Rodrigo Maldonado,” Francisco Gutiérrez presented a document in the name of Juan de Cuenca; don Rodrigo Maldonado signs (but no signaturenature in this copy) another short document dated April 1, 1560; and another dated December 19, 1559; in 1561 Vasco de Puega ordered Gonzalo de Villarrubia and Alonso Ramos to give an acounting of the “bienes e hazienda de Rodrigo Álvarez, el viejo, difunto, conforme a el testamento de Diego Ramos difunto;” Villarrubia and Ramos “tienen e han tenido sus bienes de mucho tiempo a esta parte;”];

?Catálogo, Resumen e Índices [México, 17 enero 1565, Luis Ramírez de Vargas, vecino, en nombre de Rodrigo de Carvajal y de doña Bernardina de Tapia, su mujer, residentes en las minas de Xocotlan, en el reino de Nueva Galicia -por virtud del poder que de ellos tiene cuyo traslado va inserto-(VER ANEXO)  vende a Antonio de Carvajal, el viejo, vecino, unas casas que están en la calle de San Francisco, que lindan con casas del dicho Antonio de Carvajal, y un pedazo de solar que está comenzado a edificar, con unos entresuelos que está arrendado a Ana de Ledesma -linderos: por un lado, casas de los herederos de Diego Rodríguez, difunto; por delante, la dicha calle Real; por detrás, los corrales del dicho Antonio Carvajal; y frontero de ellas están las casas de Juan de Cuenca. Todo lo cual le vende por precio de 7 000 pesos de oro común, que Rodrigo Carvajal le debía de una obligación de pago que pasó en Toluca, ante Pedro de Mújica, escribano de Su Majestad. Firmó. Testigos: Pedro Morán, escribano de Su Majestad; Alejo de Murguía, Francisco de Gallegos, vecinos y estantes; FOOTNOTE: Minas de Xocotlán, Nueva Galicia, 13 noviembre 1564, Francisco Anguiano, escribano, Francisco Anguiano, escribano nombrado y del juzgado de las minas de Xocotlan, traslada fielmente su nombramiento como tal y el poder especial que Rodrigo Carvajal y Bernardina de Tapia, su mujer, otorgaron a Luis Ramírez];

?Catálogo, Resumen e Índices [1566, Doña Francisca del Rincón, viuda de Diego González, vecina, otorga poder a doña Francisca del Rincón, su hermana mayor, y a Juan de Cuenca, vecinos, para que puedan concertar el casamiento de doña Antonia Ruiz de Medina, su hija, con la persona que les parezca, prometiendo por dote, lo que les parezca hasta 10 000 pesos de oro común, para pagarlos a los plazos que le parezca. Firmó. Testigos: Jerónimo Hurtado, Juan de la Torre y Juan Martín, vecinos y estantes];

1570-1580:

?Catálogo, Resumen e Índices [June 14, 1570, Don Bernardo Ramírez de Vargas, factor de Su Majestad de la Nueva Galicia, otorga poder a Juan Pérez de Donís para redimir cierto censo que don Bernardo Ramírez tiene contra los bienes de Alonso de Azevo, de 370 pesos de oro común de principal, que está impuesto sobre ciertas casas que al presente posee doña Leonor Pellicer, mujer de Martín de Aberrucia. El cual dicho censo tiene declarado Juan de Cuenca, pertenece al otorgante, heredero de Luis Ramírez de Vargas. Firmó. Testigos: Nicolás de Morales, Andrés de Morales y Francisco de Porras, vecinos];

?Catálogo, Resumen e Índices [1571, Pedro de la Fuente, como principal y Damián Martínez, como su fiador, vecinos, de mancomún, se obligan a pagar a Francisca Sánchez, viuda de Miguel Sánchez, 981 pesos de oro común [...] Firmaron. Testigos: Juan de Cuenca, Pedro Calderón y Andrés de Morales, vecinos y estantes];  

?Catálogo, Resumen e Índices [México, 28 junio 1571, Francisca Sánchez, viuda de Miguel Sánchez, vecina, traspasa a Damián Martínez, vecino, un censo que tiene contra Alonso Ballesteros, vecino, difunto, [...]  No firmó. Testigos: Alonso Calderón, Juan de Cuenca y Andrés Negrete de Morales, vecinos y estantes];

?Catálogo, Resumen e Índices [1570, Hernando de Rostros, mercader, vecino, se obliga a pagar a don Bernardo Ramírez de Vargas, factor y veedor de Su Majestad del Nuevo Reino de Galicia, a Juan Pérez de Donís, escribano de Su Majestad y a Hernando de Santoltis, mercader, residente, a cualquiera de ellos, 360 pesos de oro común. Y ello por razón que Juan Pérez de Donís, en nombre de don Bernardo Ramírez, consintió la venta que se le hizo de las casas que fueron del bachiller Jiménez y de Alonso de Azevo -que son en las que vive y se las vendió doña Leonor Pellicer, mujer de Martín de Aberrucia- y dio por cancelado cierto censo, cuyo principal eran 370 pesos, que pertenecía a don Bernardo Ramírez por declaración que hizo Juan de Cuenca y por otras escrituras y recaudos, como se contiene en la escritura que de ello se le otorgó el día de la fecha de esta carta ante el presente escribano y en la que se dieron por pagados; pero la verdad es que sólo pagó 10 pesos. Plazo: para fin de diciembre de este año, en reales de plata. Firmó. Testigos: Nicolás de Morales Sarabia, Antonio Semental y Salvador de Pareja, vecinos y estantes; [Al margen: México, 17 agosto 1570. Cancelación. El señor don Bernardo Ramírez de Vargas dio por cancelada esta escritura de obligación, por cuanto confesó haber recibido de Hernando de Rostros los pesos de oro referidos. Firmó. Testigos: Hernando de Paz, Francisco Caldera y Andrés de Morales.];

?AGI, Escribania, 161B [1578, El fiscal con Juan de Cuenca, vecino de México y encomendero de los pueblos de Ashashalintla, Mecatlán y Coauitlán, sobre la tasación de los indios y moderación de los tributos. Fenecido en 1581];

?Catálogo, Resumen e Índices [1571, Pedro Calderón -natural de Carrión de los Condes e hijo legítimo de Antonio Calderón y de Beatriz de Castrillo, su mujer, vecinos que fueron de Carrión- otorga carta de pago a Francisca Sánchez, viuda de Miguel Sánchez, vecina, [...] Francisca Sánchez no firmó; Pedro Calderón firmó. Testigos: Andrés Negrete de Morales, Damián Martínez y Juan de Cuenca, vecinos];

?Catálogo, Resumen e Índices [1571] [Juan de Cuenca, vecino -como tutor y curador de las personas y bienes de Diego de Porras, de Juan de Porras y de María Gutiérrez de Porras, hijos legítimos y herederos de Francisco Gutiérrez Grim [sic], natural que fue del pueblo de Bandames, que está en el valle de Peñamellera y de Catalina de Porras, su mujer, por virtud de la tutela que en él fue discernida por la justicia de México- (VER ANEXO) otorga poder a Alonso Calderón, vecino, presente, a Juan de Cuero, clérigo, canónigo de la Santa Iglesia Colegial de Castrogeriz y beneficiado en el pueblo de San Juan de Celaya del valle de Carriedo, a Juan de Rebollar y a Pedro de Rebollar, naturales del valle de Carriedo, para parecer ante los señores alcaldes de los hijodalgos de la Audiencia y Chancillería Real, que residen en la villa de Valladolid o ante la justicia del dicho valle de Peñamellera y pedir se reciba información ad perpetuam rei memoria de cómo Francisco Gutiérrez Grim [sic], padre de los dichos menores, era hombre hijodalgo de casa y solar conocido, y devengar 500 sueldos según fuero de España y, acerca de ello, hacer pedimentos, presentar testigos, escrituras, probanzas y habiendo contradicción por parte del fiscal de Su Majestad o del dicho pueblo de donde era natural, responder a lo por ellos dicho y alegado. Firmó. Testigos: Diego de las Casas, Juan de Chillón y Amador de Soto, vecinos y estantes; footnote: 24 Sep 1571, Mexico, El muy magnífico señor don Luis Suárez de Peralta, alcalde ordinario en México, dijo que, por cuanto Francisco Gutiérrez Grim [sic], vecino que fue de México, es muerto, y es informado que, al tiempo de su muerte, dejó por sus hijos legítimos, habidos durante su matrimonio con Catalina de Porras, a Diego de Porras, Juan de Porras y María Gutiérrez de Porras, los cuales quedaron niños pequeños de edad de 5 hasta 8 años. Y Catalina de Porras, su madre, para efecto de se casar, como en efecto se casó por segunda vez, hizo dejación de la tutela que se le había encargado. Y atento a que conviene darles otro curador y, a la justicia real pertenece proveer lo suso dicho, nombraba y nombró por curador de los menores a Juan de Cuenca, vecino, al cual, estando presente, mandó hiciese la solemnidad de juramento y dé fianzas. Juan de Cuenca, atento al deudo y voluntad que tiene a los menores, aceptó ser su tutor y curador, y dio por fiador a Juan de Cueva, secretario de la gobernación de Nueva España, los cuales, de mancomún, se obligaron a cumplir lo jurado; y cuando los menores sean de edad legítima y por la justicia fuere mandado, dará cuenta con pago. Firmaron. Testigos: Manuel Téllez, Bartolomé de Argumedo y Sebastián de Velasco, vecinos y estantes; El alcalde discernió en Juan de Cuenca la tutela y administración y le dio poder cumplido. Firmó. Testigos: Manuel Téllez, Bartolomé de Argumedo y Sebastián de Velasco, vecinos y estantes; Catalina Porras is Juan de Cuenca's sister-in-law];

?Catálogo, Resumen e Índices [June 14, 1570, Juan Pérez de Donís, escribano de Su Majestad, residente, en nombre de don Bernardo Ramírez de Vargas, factor y veedor de Su Majestad del Nuevo Reino de Galicia, en virtud del poder que de éste tiene ante el presente escribano, en México, a 14 de junio de 1570, otorga carta de redención de censo a Hernando de Rostros, vecino. Por cuanto el bachiller Juan Jiménez y doña Elvira Pérez, su mujer, impusieron a favor de Ana Jiménez -hija de Juan Jiménez y de Álvaro Ruiz, su curador-, 57 pesos de oro común de censo y tributo al año, sobre unas casas que tenían en México en la calle de la Celada, que viene de las casas que eran del licenciado Diego Núñez -que lindan con casas de Aguilar, platero; y por la otra parte, con un solar vacío; y por las espaldas, con casas de Juan Pabón-, por 570 pesos de oro común de principal, como se contiene en la escritura de censo que otorgaron ante Diego de Zamora, escribano de Su Majestad, a 19 de enero de 1555, de los cuales se redimieron 200 pesos de principal; Y las dichas casas las hubo Alonso de Azevo, mercader, que las compró del bachiller Juan Jiménez y de doña Elvira Pérez, su mujer. Alonso de Azevo hizo reconocimiento del censo ante Pedro Sánchez de la Fuente, escribano de Su Majestad, en 8 de noviembre de 1558; Este censo se traspasó por Lorenzo Gutiérrez Manibardo y Ana Jiménez, su mujer -en cuyo favor estaba impuesto-, a Juan de Cuenca, vecino, con otros censos, ante el presente escribano, en 11 de julio de 1569; Juan de Cuenca declaró pertenecer este censo a don Bernardo Ramírez de Vargas, como heredero de Luis Ramírez de Vargas -como se contiene en la declaración hecha ante [Juan] Pérez de Donís, escribano real, en 14 de junio de 1570; Y porque, de pedimiento de la parte de Ana Jiménez, se hizo ejecución en las dichas casas por lo corrido del censo que le pertenecía -ante la justicia ordinaria de México y ante Antonio Alonso, escribano público- y que el proceso de la causa está en grado de apelación en la Real Audiencia por 50 pesos de oro común, poco más o menos y se siguió la dicha ejecución hasta que las casas se vendieron y remataron por el dicho [...] en Benito Garcés, el cual hizo traspaso de ellas [...]. Y Juan Pérez tomó posesión, amparado en ellas. Y porque las casas y traspaso que hizo fueron para don Bernardo Ramírez, pertenece a éste el principal y réditos del censo; Y porque Hernando de Rostros ha comprado las dichas casas de doña Leonor Pellicer, mujer de Martín de Aberruza, que poseyó antes las dichas casas, por venta que de ellas le hizo Alonso de Azevo y Hernando de Rostros, ha procurado que se redima el censo de que tiene traspaso don Bernardo Ramírez de Juan de Cuenca; Hernando de Rostros paga 370 pesos de oro común de principal del censo para que se redima y Juan Pérez de Donís, en nombre de don Bernardo Ramírez de Vargas, da por rota y cancelada la escritura de censo en favor de Ana Jiménez y las demás escrituras que sobre ella se han hecho; Firmó. Testigos: Salvador Pareja, Nicolás de Morales y Antonio Semental, vecinos

1580-1590:

?AGI, Escribania, 248 [1581: Comisión al licenciado Pedro Altamirano, provisto oidor de la Audiencia de Guadalajara, a instancia de Juan de Cuenca, vecino de México, como tutor y curador de Diego Juan y María de Porras, hijos legítimos de Francisco Gutiérrez y Catalina de Porras, su mujer, casada en segundas nupcias con Juan de Cueva, escribano de gobernación, para averiguación de la tutela de dichos menores y del casamiento de María de Porras con Juan de Cueva, hijo del escribano antes citado. Sin providencia en el Consejo];

?AGI, Escribania, 953 [1582, [Indios de Achachalincla con Juan de Cuenca sobre grado. Un auto.]

?AGN Instituciones Coloniales, GD110, Real Audiencia, Tierras, vol.2971, exp.9, 1587 [fol. 2: Juan de Morales contra Juan de Cuenca sobre pesos]